Condenan a 30 años de prisión a Pedro Samuel Fernández Sánchez por intento de asesinato

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SANTIAGO. – Un tribunal impuso una condena de 30 años de prisión a Pedro Samuel Fernández Sánchez, declarado culpable de intento de asesinato y violencia agravada por un ataque perpetrado en marzo de 2024. La sentencia, dictada a raíz de la acusación del Ministerio Público, lo señala como responsable de disparar contra su expareja frente a una concurrida pastelería en esta ciudad.

De acuerdo con el expediente judicial, el agresor interceptó a la víctima y le disparó directamente al rostro con intención homicida, utilizando un arma de fuego adquirida ilegalmente. Las investigaciones revelaron que Fernández Sánchez mantenía un patrón persistente de acoso, vigilancia y amenazas contra la mujer, circunstancia que agravó la severidad del caso durante el juicio.

Como parte de la sentencia, el tribunal también ordenó el pago de una indemnización de dos millones de pesos a favor de la víctima, además del decomiso de las pruebas materiales vinculadas al ataque.

Según la investigación liderada por la fiscal Niovy Gómez, el ataque fue premeditado. Se demostró que el condenado vigilaba constantemente a la mujer y había alquilado un vehículo específicamente para seguirla sin levantar sospechas antes de cometer la agresión.

El incidente ocurrió cuando el agresor esperó a la víctima frente a su lugar de trabajo y la interceptó al momento de su llegada. Tras dispararle, huyó del lugar. La víctima sufrió heridas graves que incluyen secuelas psicológicas y daños físicos permanentes, entre ellos una desfiguración facial.

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El Ministerio Público presentó pruebas contundentes, como el arma utilizada, grabaciones de cámaras de seguridad y registros de conversaciones que evidenciaban las intenciones del acusado.

El caso fue conocido por el Primer Tribunal Colegiado, integrado por los jueces Juan Carlos Colón, Claribel Mateo y Gladys de los Santos, quienes consideraron las pruebas presentadas como determinantes para el fallo.

La Fiscalía de Santiago fundamentó su acusación en disposiciones del Código Penal Dominicano y la Ley 631-16 sobre control y regulación de armas.

**REDACCIÓN FV MEDIOS**