El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha absuelto
al exjugador del FC Barcelona, Dani Alves, quien previamente había
sido condenado a cuatro años y seis meses de prisión por agresión
sexual. Esta sentencia ha generado gran repercusión, ya que
modifica por completo el fallo inicial y plantea importantes
reflexiones sobre el rol de las pruebas y los testimonios
en procesos judiciales tan sensibles.
La resolución de la corte, basada en análisis minuciosos de
pruebas y testimonios, ha destacado varios puntos clave que
fundamentaron la absolución.
Inconsistencias
en el testimonio de la denunciante
Uno de los factores determinantes para la resolución final fue
la evaluación de la fiabilidad del testimonio de
la denunciante. Según el TSJC, la declaración contenía
contradicciones significativas, especialmente en los aspectos de
los hechos que podían comprobarse objetivamente con el uso de otras
pruebas.
En concreto, los videos de las cámaras de seguridad grabados en
la discoteca mostraron una interacción entre Alves y la denunciante
que difería notablemente de la versión presentada por ella ante el
tribunal. Aunque la joven afirmó sentirse incómoda en todo momento,
las imágenes refutaban esa descripción, mostrando interacciones que
no reflejaban señales de incomodidad o rechazo inmediatas. Esto
llevó a cuestionar la credibilidad del relato y
sembró dudas razonables sobre lo sucedido.
Falta de apoyo en
evidencias periféricas
El tribunal subrayó que, para sostener una condena, no basta con
un testimonio considerado “creíble”; este debe estar respaldado por
pruebas periféricas contundentes que confirmen los
hechos descritos. En este caso, el análisis biológico y de ADN
confirmó la existencia de un contacto sexual, pero no pudo
determinar con certeza si este fue consensuado o no, lo cual
resulta crucial según las normas penales vigentes.
Además, la corte criticó al tribunal de instancia por haber
sostenido la condena basándose únicamente en la “creencia
subjetiva” de que la denunciante decía la verdad en algunos
aspectos, a pesar de que otros elementos de su relato se
demostraron falsos o inconsistentes. Esto, según la resolución, es
incompatible con el principio de presunción de
inocencia.
Interpretaciones
erróneas de las pruebas forenses
Otro punto controvertido fue la interpretación de una herida en
la rodilla que presentaba la denunciante. Inicialmente, esta lesión
fue vinculada con una relación sexual forzada en el baño de
la discoteca. Sin embargo, los forenses no pudieron
confirmar de manera concluyente que la agresión fuera la causa de
dicha herida. De hecho, determinaron que el espacio reducido del
baño podía haber causado la lesión durante cualquier acción no
necesariamente violenta.

Este vacío probatorio, combinado con las
contradicciones en otros elementos de la acusación, aumentó las
dudas sobre la narrativa inicial presentada por la denunciante.
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El peso
del consentimiento según la ley española
La legislación española establece que el consentimiento es un
elemento clave para definir un
delito sexual. Según la ley del “solo sí es sí”, aprobada en
2022, el consentimiento debe ser claro y explícito. Aunque un acto
como este puede ser revocado en cualquier momento, las pruebas
presentadas no mostraron con suficiente claridad
que el consentimiento inicial hubiera sido retirado durante el
incidente.
El TSJC destacó que el tribunal de instancia no aplicó
correctamente este principio, al asumir ciertas motivaciones o
contextos sin un análisis adecuado de las pruebas. Este error
metodológico resultó determinante para llegar a la absolución de
Alves.
Insuficiencia
para superar la presunción de inocencia
El principio de presunción de inocencia es uno
de los pilares del sistema judicial. La corte concluyó que las
evidencias presentadas no alcanzaron el nivel de certeza necesario
para justificar una condena penal. Como resultado, la decisión del
tribunal de apelación fue anular la sentencia inicial y absolver a
Dani Alves, eliminando así todas las medidas cautelares y las
implicaciones legales que pesaban sobre el exfutbolista.
Repercusiones legales y
sociales
La decisión ha generado debates divididos en la sociedad
española y dentro de los círculos legales. Este caso, uno de los
primeros en aplicarse bajo la nueva ley de consentimiento, pone
sobre la mesa cuestiones importantes respecto a cómo se estructuran
las investigaciones y juicios relacionados con
delitos sexuales. Además, algunos grupos han expresado
preocupación de que la resolución pueda ser percibida como una
revictimización de las denunciantes en casos similares.
Los expertos legales recalcan que los sistemas judiciales deben
mantener un equilibrio entre la importancia de proteger los
derechos de las víctimas y el respeto a los principios
fundamentales como la presunción de inocencia.