La UE aclara su posición sobre la inclusión del cargador en dispositivos como el MacBook Pro

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El nuevo MacBook Pro M5 llega al mercado sin cargador, generando debate entre usuarios europeos que buscan responsables entre Apple y la Unión Europea. Apple fue pionera en implementar esta práctica en portátiles —cuyos requerimientos de carga difieren de los del iPhone— y probablemente no sea la única compañía en adoptarla.

Aunque los nuevos Mac no incluyen cargador, Apple redujo el precio del equipo en aproximadamente 100 euros. Considerando que el cargador oficial tiene un coste de unos 65 euros, los usuarios no solo compensan la adquisición separada, sino que obtienen un beneficio económico. Esta decisión está vinculada a la normativa europea, aunque no en los términos que muchos suponen.

La Unión Europea no obliga a Apple ni a ningún fabricante a eliminar el cargador de la caja. Las empresas pueden apelar a la sostenibilidad, pero la legislación comunitaria es clara respecto a las obligaciones de las compañías.

El punto central es el USB-C. La UE exige que todos los productos nuevos comercializados en el mercado común permitan la carga mediante este estándar, pero no lo restringe: si un fabricante, como Apple, desea incorporar un sistema alternativo —como MagSafe—, puede hacerlo siempre que también ofrezca USB-C.

Según la normativa: «No se prohíbe el uso de otros receptáculos siempre que los dispositivos radioeléctricos cubiertos estén también equipados con el receptáculo USB tipo C descrito en la norma EN IEC62680-1-3 (como se contempla en el anexo I bis)».

¿A qué dispositivos afecta?
– Teléfonos móviles
– Tabletas y libros electrónicos
– Cámaras digitales y videoconsolas
– Cascos, auriculares internos y altavoces portátiles
– Ratones y teclados inalámbricos
– Sistemas portátiles de navegación
– Y, fundamentalmente, todos los ordenadores portátiles (como el MacBook Pro) 40 meses después de la entrada en vigor de la Directiva.

Apple no está obligada a retirar el cargador, ni tampoco a incluirlo.

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Esto conduce al siguiente aspecto: la inclusión o no del cargador (el brick) en la caja. Europa no exige a los fabricantes que omitan el cargador, sino que cumplan con las especificaciones de la Directiva de Equipos Radioeléctricos 2022/2380 (RED), que el cargador sea USB-C y que se informe claramente al usuario —mediante un pictograma accesible— sobre si se incluye o no. La normativa solo obliga a que el consumidor tenga la opción de elegir entre adquirir el producto con o sin cargador.

Según la RED: «Cuando un agente económico ofrezca a los consumidores y demás usuarios finales la opción de adquirir el equipo radioeléctrico cubierto junto con un dispositivo de carga (fuente de alimentación externa), también deberá ofrecerles la opción de adquirir dicho equipo radioeléctrico sin ningún dispositivo de carga. Por tanto, los consumidores podrán adquirir un nuevo dispositivo electrónico sin un nuevo dispositivo de carga».

Además, para evitar confusiones, la Unión Europea publicó un documento de preguntas y respuestas que detalla los aspectos regulatorios para usuarios y agentes económicos.

En conclusión, la UE no obliga a Apple a incluir o excluir el cargador; deja esta decisión en manos del fabricante, siempre que se informe adecuadamente al usuario. Apple optó por no incluirlo y reducir el precio del producto, una elección que genera opiniones divididas. No obstante, la compañía cumple con la normativa: ofrece al usuario la opción durante el proceso de compra, especifica las necesidades de carga del dispositivo —como exige la UE— y comunica claramente si el cargador está incluido.

Que cobre o no por el cargador es, simplemente, otra cuestión.

**REDACCIÓN FV MEDIOS**