¿qué delitos entraron y cuáles quedaron fuera?

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La reforma al Código Penal promulgada por el presidente Luis Abinader marca un giro histórico en la legislación penal del país. Aquí están los principales delitos que se han añadido o redefinido.

  • Feminicidio (incluye agravantes y conexos)
  • Sicariato
  • Ciberbullying y violencia económica
  • Difusión de deepfakes con fines de chantaje
  • Estafa piramidal y intermediación financiera no regulada
  • Instigación al suicidio y autosecuestro
  • Falsa denuncia y obstrucción de justicia
  • Crímenes de lesa humanidad, genocidio y desaparición forzada
  • Delitos con dolo eventual y culpa consciente
  • Daños por dopaje
  • Violación sexual dentro del matrimonio o pareja (con penas elevadas)
  • Responsabilidad penal de personas jurídicas
  • Bullying agravado, violación incestuosa, contratación de sicarios
  • Operaciones comerciales con menores
  • Tortura y barbarie, especialmente si son cometidas por funcionarios públicos

Delitos excluidos o no incorporados:

Causales de aborto: Se mantiene solo una eximente (salvar la vida de la madre), dejando fuera las causales por violación o inviabilidad fetal.

Responsabilidad penal del Estado y municipios: Excluidos, aunque se permite procesar a iglesias si sus representantes cometen delitos.

Otros cambios relevantes:

Penas aumentadas hasta 40 años, y 60 años en casos de concurso de infracciones graves.

Te podría interesar:

Prescripción extendida para delitos sexuales contra menores: hasta 30 años desde que la víctima alcanza la mayoría de edad.

Medidas sociojudiciales: vigilancia post-condena, registro de agresores sexuales, programas de reeducación,



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