“Programa Acceso Solar” del DOE para paneles fotovoltaicos en Puerto Rico: 10 puntos clave

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Nueva York – El “Programa Acceso Solar” del Departamento de Energía de Estados Unidos (DOE) para proveer sistemas solares fotovoltaicos y de almacenamiento de baterías a hogares de bajos ingresos en Puerto Rico se espera que impacte a unas 30,000 familias en el territorio.

La semana pasada, el DOE dio los detalles de la iniciativa que se nutre del Fondo de Resiliencia Energética de Puerto Rico (Puerto Rico Energy Resilience Fund, PR-ERF) a la par con la circulación del resumen del informe PR100.

Como parte de su séptima visita a la isla la semana pasada, la secretaria de Energía, Jennifer Granholm, informó de la apertura del proceso de solicitud a partir de este mes.

Fondos del Programa Acceso Solar provienen de ley aprobada en el Congreso

El fondo es resultado de la aprobación en el Congreso de Estados Unidos, en diciembre de 2022, de la Ley de Asignaciones Consolidadas del 2023, que incluyó $1,000 millones de dólares para proyectos de energía renovable como el PR-ERF. El 21 de febrero del año pasado, la Oficina de Desarrollo del Sistema Eléctrico (Grid Deployment Office / GDO) lanzó oficialmente el fondo.

Acceso Solar forma parte de los esfuerzos del gobierno federal con las autoridades en la isla para avanzar en la transición a fuentes de energía limpia a tono con la meta de 100% de energía renovable para el año 2050, según establece la Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico (Ley 17-2019).

El Programa Acceso Solar brindará energía confiable a muchas de las comunidades de bajos ingresos más vulnerables, específicamente a los hogares de bajos ingresos identificados por el DOE como aquellos hogares que experimentan interrupciones de energía largas y frecuentes U hogares de bajos ingresos que tienen un residente con una condición médica o una discapacidad que depende de la electricidad. Estos sistemas solares fotovoltaicos y sistemas de almacenamiento en baterías se diseñarán para suministrar electricidad confiable incluso durante apagones”, argumentan desde la página web de DOE.

Contrario a otros programas como Nueva Energía, financiado con fondos (CDBG-MIT) del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano Federal (HUD) y administrado por el Departamento de Vivienda en P.R., Acceso Solar será operado directamente por el DOE, lo que implica que la agencia determinará la elegibilidad y le dará seguimiento a las solicitudes.

El proceso de solicitud será vía electrónica o a través de la página web del DOE e iniciará el 22 de febrero.

¿Qué es el Programa Acceso Solar?

El Programa Acceso Solar ofrecerá sistemas solares fotovoltaicos y de almacenamiento de baterías sin costo para los propietarios de las viviendas en las fases iniciales.

Posteriormente, los sistemas de placas y baterías requerirán un pago mensual a las compañías por mantenimiento. El costo se desconoce.

Requisitos de elegibilidad

Un hogar es elegible si al menos una persona en la unidad está inscrita o recibe beneficios de uno de los siguientes programas de asistencia gubernamental:

• Programa de Asistencia Energética para Hogares de Bajos Ingresos (Low-Income Home Energy Assistance Program, LIHEAP);

• Programa de Asistencia Nutricional (Nutrition Assistance Program, NAP), o PAN es español.

• Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (Temporary Assistance for Needy Families, TANF).

Herramienta digital con mapa interactivo para examinar elegibilidad

La agencia federal está priorizando las instalaciones, no solo en comunidades con un alto porcentaje de residentes de bajos recursos o ingresos, sino las que se encuentran en áreas donde las interrupciones de energía eléctrica se extienden por un mayor periodo de tiempo y son más frecuentes.

¿Cómo determinó el Departamento de Energía las comunidades elegibles?

Para establecer mediante el mapa digital cuáles serían las comunidades elegibles, el DOE se guió por la herramienta conocida como “Comunidades de Última Milla en Puerto Rico”. “Una Comunidad de Última Milla es un bloque censal qu tiene un porcentaje alto de hogares de muy bajos ingresos y sufre cortes de energía frecuentes y prolongados”, detalla la entidad.

Además, la oficina federal le está dando prioridad a los hogares en los que un residente con una condición médica o discapacidad depende de un dispositivo que opere con electricidad o baterías.

¿Qué considera el DOE como dispositivos médicos elegibles?

• Bomba de infusión intravenosa (IV)
• Bomba de succión
• Corazón artificial total (TAH, por sus siglas en inglés) en los últimos 5 años
• Dispositivos cardíacos implantados que incluyen dispositivo de asistencia ventricular izquierda (DAVI)
• Dispositivo de asistencia ventricular derecha (DAVD)
• Dispositivo de asistencia biventricular (BIVAD, por sus siglas en inglés)
• Equipo concentrador de oxígeno en los últimos 36 meses
• Equipo de cama eléctrico en los últimos 13 meses
• Máquina de alimentación enteral
• Máquina de diálisis para uso en casa
• Máquina de presión positiva de dos niveles en las vías respiratorias (BiPAP, por sus siglas en inglés);
• Medicamentos que requieran refrigeración.
• Silla de ruedas eléctrica
• Scooter eléctrico
• Ventiladores

La persona interesada en solicitar uno de estos equipos debe utilizar una herramienta de elegibilidad virtual disponible en el sitio web del DOE si no cae en el grupo de interesados con alguna condición de salud o discapacidad.

El mapa virtual básicamente determina si su dirección es elegible a un sistema solar.

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Si su dirección se encuentra dentro de la región violeta del mapa, usted puede ser elegible para el Programa Acceso Solar”, especifica la agencia.

Proceso para completar la solicitud

La persona deberá llenar la solicitud y proveer el resto de la documentación requerida a través del Embajador de Energía Solar local.

Estos intermediarios son organizaciones comunitarias seleccionadas por el Departamento para ayudar a los residentes a presentar las solicitudes al programa.

El embajador determinará si es elegible para participar de Acceso Solar. Si su solicitud es aceptada, la compañía instaladora asignada a su hogar, realizará una inspección de la vivienda. Una vez que se cumpla con ese procedimiento, el instalador le explicará las opciones de energía solar residencial adecuadas para su hogar. Usted debe estar de acuerdo con la información brindada, para que la compañía proceda con el proceso de instalación.

“Su solicitud para este programa no es obligatoria y puede salir del proceso cuando lo desee hasta el momento de la instalación, sin costo alguno para usted”, aclara la agencia.

Las tres compañías instaladoras

El gobierno federal seleccionó a las empresas Generac Power Systems, Inc., Sunnova Energy Corporation y Sunrun, Inc. para las instalaciones. Entre las tres compañías, se desembolsará un total de $400 millones de dólares.

En noviembre pasado, el DOE anunció las 16 organizaciones “embajadoras”.

Estas son: Alianza de Médicos al Rescate, Fundación Borincana, los Centros Sor Isolina Ferré, Caritas de Puerto Rico, el Centro de Microempresas y Tecnologías Agrícolas Sustentables de Yauco, el Centro Madre Teresa de Calcuta, la Cooperativa Hidroeléctrica de la Montaña, la Corporación de Desarrollo Económico Vivienda y Salud, el Grupo Resiliente del Oeste, el Movimiento para el Alcance de Vida Independiente, Pathstone Corporation, Por los Nuestros, Productores de Café Puerto Rico, el Programa de Apoyo y Enlace Comunitario, Vieques Love y The Saint Bernard Project.

El director del Equipo de Recuperación y Modernización de la Red Eléctrica de Puerto Rico, Agustín Carbó, estimó que completar la instalaciones de los equipos bajo el programa podría tomar unos 5 años.

A quién debe contactar en caso de dudas o preguntas

El potencial beneficiario que tenga preguntas sobre el alcance del programa y detalles sobre elegibilidad, puede llamar al 1 (833) 822-8628 o enviar un correo electrónico a PuertoRicoGDO@hq.doe.gov.

Acceso Solar va a tono con informe PR100

Durante la más reciente visita a la isla, la secretaria de Energía también abordó los hallazgos principales del informe PR 100, un estudio sobre las distintas vías bajo las que la isla puede transicionar completamente a energía renovable.

La versión final del documento será divulgada en marzo.

El punto más importante que arrojó la evaluación es que Puerto Rico puede satisfacer sus necesidades eléctricas con un 100% de energía renovable para 2050.

El PR100 también plantea que para alcanzar la meta, Puerto Rico debe aumentar significativamente la nueva infraestructura de generación de energía (a escala de cientos de megavatios) para estabilizar la red eléctrica y aliviar la insuficiencia de generación actual.

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