En el marco de la reforma al Código Penal que se debate en el Congreso Nacional, se han propuesto sanciones más severas para quienes practiquen o participen en abortos, manteniendo la penalización absoluta del procedimiento en todas sus formas.
Según el proyecto legislativo, las penas quedarían establecidas de la siguiente manera:

Sanciones contempladas
Aborto provocado: de 1 a 2 años de prisión mayor.
Aborto forzado: de 10 a 20 años de prisión.
Muerte de la mujer por aborto: el responsable enfrentaría de 20 a 30 años de prisión.
Muerte sin intención: sanción de 10 años de prisión mayor.
Médicos, enfermeras y parteras que provoquen o colaboren en abortos: de 2 a 3 años de prisión, además de multas de hasta 60 salarios mínimos del sector público.
Quien utilice alimentos, sondas o medicamentos para inducir el aborto: hasta 30 años de trabajos públicos.
La reforma ha generado intenso debate social y político, especialmente por la exclusión de las tres causales (violación, riesgo de vida de la madre y malformaciones fetales), lo que ha provocado reacciones de colectivos feministas, organizaciones de derechos humanos y sectores religiosos2.
El proyecto que se lee en estos momentos por el Senado y luego pasar a la Cámara de Diputados para su eventual promulgación.

