Los delitos de trata de personas serán perseguidos aunque no haya querellantes, de acuerdo con la nueva ley

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Redacción.- Entidades de defensa de los derechos humanos saludaron las modificaciones a la Ley 137-03 estableciendo penas hasta 30 años de cárcel al tráfico ilegal de extranjeros y ciudadanos que aprobó la Cámara de Diputados a menos de 24 horas que lo hiciera el Senado que lo sancionó en dos lecturas consecutivas luego de declararlo de urgencia.

La pieza legislativa garantiza la tipificación del delito y eleva las penas como parte de las modificaciones sufrió la ley 137-03.

La iniciativa, aprobada en única lectura, establece en el primer párrafo del artículo tres de la ley, que el consentimiento otorgado por la víctima a cualquier forma de explotación definida previamente no será exonerado de responsabilidad penal.

El artículo siete de la ley de Trata considera casos agravados cuando se produzca la muerte de la víctima objeto tráfico ilícito o cuando ésta resulte afectada con daños físicos o psíquicos.

La pena mínima comienza a partir de los cinco años, e incluye multas de 175 a 300 salarios mínimo del sector público.

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Mientras los culpables de afectar a personas con padecimiento psicológicos, discapacitados o entes vulnerables como los niños y adolescentes enfrentarían una pena de 20 a 30 años de cárcel y multas de 200 a 400 salarios mínimo.

«Ahora la iniciativa agotará los trámites rumbo al Poder Ejecutivo para su promulgación, y a partir de ahí entraría en vigencia para su aplicación»

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