El Gobierno aprobó este pasado martes el llamado Plan de Acción Democrática anunciado por Pedro Sánchez hace ya unos meses. La legislación incluye un total de 31 medidas, entre ellas un registro de medios de comunicación. En este punto, el plan del Gobierno tiene como base el paraguas comunitario, la Ley Europea de Medios (Media Freedom Act, en inglés), que se centra en la transparencia, en la rendición de cuentas, y más en concreto en cuáles son sus fuentes de financiación. El Gobierno ha aprobado, por su parte, un abanico de leyes bastante más amplio, que afecta directamente por ejemplo a la ley Mordaza.
Pactada en marzo por parte del Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión Europea, la normativa establece un nuevo conjunto de normas para proteger el pluralismo y la independencia de los medios en la UE. “Se garantizará que operen más fácilmente dentro del mercado interior de la UE, sin presiones indebidas y teniendo en cuenta la transformación digital del espacio mediático”, explican desde Bruselas, en un marco que, eso sí, no incluye a las redes sociales. El matiz ahí es importante.
Bajo este paraguas legislativo, los medios públicos deberán financiarse con procedimientos transparentes y objetivos, y la financiación ser sostenible y predecible. “Para evitar que los medios públicos sean utilizados con fines políticos, los directivos deben ser elegidos mediante procedimientos transparentes y no discriminatorios por períodos suficientemente largos”. No será posible despedirlos antes de que finalice su contrato, a menos que dejen de cumplir los criterios profesionales.
“Criterios que definan qué es un medio frente a otros”
El foco se pone por tanto en la transparencia y en la rendición de cuentas. Todos los medios, independientemente de su tamaño, tendrán que publicar información sobre sus propietarios en una base de datos nacional (incluso si son propiedad directa o indirecta del Estado), informar sobre fondos recibidos de la publicidad estatal y sobre el apoyo financiero estatal, incluso de países no pertenecientes a la UE.
En su artículo 7, la ley europea de medios, eso sí, apunta que la definición de un servicio de medios de comunicación debe limitarse a los servicios definidos por el Tratado y, por tanto, debe abarcar cualquier forma de actividad económica. “La definición debe excluir los contenidos generados por los usuarios y cargados en una plataforma en línea, salvo que constituyan una actividad profesional prestada normalmente a título oneroso (ya se trate de una compensación económica o de otro tipo)”, explican. Es decir, por lo general las redes sociales no entran dentro de ese paraguas.
También deben excluirse, recuerda la UE, la correspondencia puramente privada, como los correos electrónicos, así como todos los servicios que no tengan la prestación de programas audiovisuales o de audio o publicaciones de prensa cono propósito principal, es decir, en los que el contenido sea puramente accesorio al servicio y no su propósito principal, como la publicidad o la información relacionadas con un producto o servicio prestados por sitios web que no ofrezcan servicios de medios de comunicación.
“La definición de un servicio de medios de comunicación debe incluir, en particular, las emisiones de televisión o de radio, los servicios de medios de comunicación audiovisuales a la carta, los pódcast de audio o las publicaciones de prensa. La comunicación empresarial y la distribución de materiales informativos o promocionales para entidades públicas o privadas debe excluirse del ámbito de esta definición”, concluyen.
Y ese es el matiz con la norma que este martes explicó el ministro de Cultura, Ernest Urtasun, tras el Consejo de Ministros. No solo se quiere un registro de medio, sino también definir quién es un medio y quien no. “Hay que establecer criterios que definan qué es un medio de comunicación frente a otras plataformas cuya finalidad no es informar”, dijo Urtasun para después matizar que la diferenciación entre unos y otros se hará mediante diversos “criterios a partir del trabajo con expertos, con sector comunicación y grupos parlamentarios”.
El PP desconfía: “¿Reglamento europeo de medios? Si, claro; pero ni más ni menos”, ha señalado Tellado, advirtiendo al Ejecutivo de que “no pretenda aprovechar esa adaptación a la normativa europea para colar por la puerta de atrás algún elemento que vaya en contra, precisamente, de los principios que defiende Europa”. En la sesión de control de este miércoles, Alberto Nuñez Feijóo fue incluso más duro: “Es un plan de censura”, espetó, antes de añadir que “no se veía algo así desde Franco”.
Otros aspectos de la ley comunitaria
“Los fondos públicos destinados a los medios de comunicación o plataformas en línea deberán asignarse con arreglo a criterios públicos, proporcionados y no discriminatorios. La información sobre el gasto público en publicidad será pública, incluido el importe anual total y el importe por medio“, expresa por otro lado la ley comunitaria. Es decir, los Estados miembros -o los gobiernos de turno, mejor dicho- no podrán ‘premiar’ a los medios de comunicación de una determinada línea editorial.
Asimismo, se creará un nuevo Comité Europeo de Servicios de Comunicación, independiente, compuesto por representantes de las autoridades u organismos nacionales de comunicación y asistido por una secretaría de la Comisión, que empezará a funcionar en febrero de 2025. El Comité, entre otras cosas, promoverá “la aplicación eficaz y coherente del marco legislativo de la UE en materia de medios de comunicación”. Sustituirá al Grupo de Entidades Reguladoras Europeas de Servicios de Comunicación Audiovisual (ERGA) que se creó en virtud de la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual. Con todo esto, la realidad es que España, al menos sobre el papel, va más allá que la UE.