Emiten normativas para contrataciones de Punta Catalina y Fideicomiso Pro-Pedernales

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La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) aprobó el Manual interno de compras y contrataciones de la Empresa de Generación Eléctrica de Punta Catalina, así como el Reglamento para las compras y contrataciones de bienes, obras y servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Turístico de la provincia Pedernales.

El órgano rector explicó que el Manual de Punta Catalina da cumplimiento al artículo 252 del Reglamento de Aplicación de la Ley 340-06, el cual establece las directrices generales para que las empresas públicas puedan adquirir bienes, servicios y obras, y en este caso, insumos, materiales y repuestos para la generación de energía eléctrica, en base a los principios de la Ley 340-06.

Según el reglamento, las empresas públicas no financieras, las instituciones descentralizadas y autónomas financieras y las empresas públicas financieras, como Punta Catalina, están llamadas a elaborar un manual interno de contratación pública para la contratación de bienes, obras y servicios, que deberá ser aprobado por el órgano rector.

Con esta nueva normativa, aprobada mediante la resolución DGCP-DG-PROCESP-01-2024, se busca asegurar la máxima eficiencia en la adquisición de los bienes, servicios y obras requeridos para la operatividad de la Central Termoeléctrica de Punta Catalina.

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El Reglamento interno del Fideicomiso Pro-Pedernales, aprobado mediante la resolución DGCP-DG-PROCESP-02-2024, es un instrumento administrativo que establece las normas y los procedimientos para regular las contrataciones de bienes, servicios y obras que se realicen para la consecución de este proyecto.

Estas regulaciones son de conformidad con lo que establece la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas y la Ley 28-23 que crea los fideicomisos públicos para el desarrollo de proyectos de infraestructura y servicios de interés colectivo.

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