Pedro Sánchez quiere poner coto a la acusación popular en España en pleno caso Begoña Gómez, y la realidad es que el país es una excepción a este respecto en la Unión Europea: en ningún otro Estado miembro existe esa vía como tal, tal como confirman algunos expertos consultados por 20minutos. Alemania, Francia o Italia tienen otros sistemas, pero ninguno se asemeja al español. Esta acusación popular se recoge en el artículo 125 de la Constitución. “Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine, así como en los Tribunales consuetudinarios y tradicionales”, recoge.
En 2011, el entonces ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, aprobó un anteproyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en el se abordaba la acción popular, y que trataba de otorgar al Ministerio Fiscal la instrucción de los procesos penales. Es plan, no obstante, no salió adelante.
Ahora el PSOE quiere dar un paso más. Los socialistas han registrado en el Congreso una proposición de ley que busca poner coto a la acción popular, impidiendo que las acusaciones populares participen de la fase de instrucción (investigación) judicial. Tal y como apunta la disposición transitoria única del texto, la medida se aplicará “en el momento de entrada en vigor de la ley”, lo que puede suponer la expulsión inmediata de todas las acusaciones que ahora están en marca, con Vox, Hazte Oír o Manos Limpias implicados. Mientras, el PP señala que la reforma se debe a la “desesperación del PSOE ante los casos de corrupción que acorralan al Gobierno”. Se trata de “un paso más” en el afán del Ejecutivo por “laminar al Poder Judicial”, enfatizan fuentes populares, que consideran que “el PSOE no quiere combatir la corrupción, sino a quienes la denuncian”.
La pregunta es… ¿qué sucede con la acusación popular en otros países de la UE?
Alemania no la contempla
En Alemania no es una posibilidad esa vía, aunque existe una excepción en Baviera, pues algunas de estas competencias están transferidas a las regiones (lander). En la práctica, todos los ciudadanos pueden denunciar ante el Tribunal Constitucional si una ley, reglamento o estatuto de la región va en contra de algún derecho constitucional. Pero todo esto no se aplica a los procesos penales.
Francia: todo pasa por el fiscal
Francia sigue el camino de Alemania y no recoge una acción popular como la española, pues la figura clave es la del fiscal. A la víctima o víctimas se les considera “actores civiles” en el caso, eso sí. Se recoge en el artículo 85 del Código Procesal: “Cualquier persona que se considere lesionada por un crimen o un delito podrá constituirse como parte civil planteando una petición ante el juez de instrucción competente”, explican. En ese sentido, los afectados solo pueden reclamar una indemnización.
Italia tiene similitudes con la vía francesa
Lo habitual en Europa es también lo que pasa en Italia. Los afectados pueden “reclamar la reparación del daño”, pero nada más. Así se recoge en el artículo 112 de su Constitución: “El Ministerio Fiscal tendrá la obligación de ejercer la acción penal”. Y solo el Ministerio Fiscal. Es algo exclusivo aunque quien esté afectado, es decir, la víctima, puede pedir esa reparación en cualquier momento del proceso.
Aunque ya no sea un país miembro de la UE, en el Reino Unido tampoco existe esta vía pero los ciudadanos sí pueden denunciar ante el fiscal si conocen la comisión de un delito. Y será ese fiscal quien tenga la última palabra sobre si abrir el caso o no.
En España, con todo, hay un par de excepciones, que se recogen en las llamadas Doctrina Botín y Doctrina Atutxa. En la primera, el Tribunal Supremo expuso que si ni el fiscal ni la acusación particular acusan a una persona, ya sea física o jurídica, no se puede iniciar un juicio únicamente a petición de la acusación popular. Es decir, no puede actuar por si sola para llevar a alguien al juicio. La segunda, por otra parte, dice que si no hay implicados concretos en una acusación, ahí si sirve solamente con la acusación popular, incluso contra la posición del fiscal.