Los cadáveres colapsan el depósito del Instituto de Medicina Legal (IML) de Almería. Los cuerpos de las personas que no son reclamadas o que tardan en ser identificadas, la mayoría de migrantes o residentes extranjeros, se agolpan en las instalaciones sin recibir sepultura.
Según adelanta La Voz de Almería, el colapso es tal que ya no entra ni un solo cuerpo más en las instalaciones, incluso se ha tenido que pedir ayuda a funerarias de la zona para que se hagan cargo de algunos cuerpos. Las instalaciones cuentan con 24 cámaras frigoríficas, nueve de ellas de refrigeración para la conservación temporal de muestras y 15 con un sistema de congelación que hace posible una conservación más larga, a 40 grados bajo cero, y no dan a basto.
El problema está en que los IML tienen la obligación de conservar los cuerpos no reclamados de los fallecidos que han sido objeto de pruebas periciales hasta que un juez, mediante auto, obligue a darle sepultura a los cadáveres; una labor de la que deben ocuparse los ayuntamientos de los municipios en los que esos cuerpos hayan aparecido. De ellos depende la agilidad del proceso.
Según el mencionado medio, el récord de permanencia en una cámara del depósito de cadáveres de Almería lo ostenta un cuerpo que ingresó en julio de 2022 y que aún sigue en el mismo sitio después de dos años y dos meses. Aunque desde la Junta apuntan a que el colapso no es tal y a que el IML está a un 60% de su capacidad.
Protocolo “pionero”
La delegada territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta en Almería, Rebeca Gómez, ha apuntado este martes a un nuevo protocolo “pionero” que agilice las inhumaciones a un plazo máximo de 50 días y así no tener “problemas de capacidad” en las cámaras frigoríficas. Gómez considera que en la provincia no se está “excesivamente mal” en cuanto a ocupación y ha puesto de manifiesto que la muchos de los cadáveres del IML son de personas que han muerto tras haber alcanzado la costa de Almería por mar sin documentación.
Así, Gómez ha llamado a la calma y se ha referido al citado protocolo, suscrito entre la Consejería de Justicia, Administración y Función Pública, el Ministerio de Justicia, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y la Fiscalía Superior de Andalucía. Según ha valorado, el protocolo establece un procedimiento “ágil” para inhumar los cadáveres, ya que permite “dar sepultura digna a personas que están sin identificar o que no han sido reclamadas” de forma que “puedan ser después identificadas” de cara a posibles reclamantes, al tiempo que permite “descongestionar” las instalaciones de los forenses.
El objetivo, además, es optimizar los recursos materiales y humanos de los IML para que, una vez realizada la autopsia, extraídas las muestras necesarias para una futura identificación y elaborados los informes forenses correspondientes, los jueces autoricen su enterramiento -nunca la incineración- a cargo de los ayuntamientos.
Así, los cadáveres que no hayan sido identificados o cuya identificación se presuma difícil quedarán a disposición de la autoridad judicial, que será quien ordene, mediante auto, el traslado a otros lugares de conservación o depósito, o su inhumación. Después, lo comunicará al ayuntamiento al que le correspondan los gastos de sepelio por beneficencia, de acuerdo con la normativa de Policía Sanitaria Mortuoria aplicable.
A partir de ese momento, el cadáver “deja de ser judicial”, por lo que el ayuntamiento competente “deberá actuar, conforme a la legislación, en cuanto a los gastos de conservación, traslado y enterramiento por beneficencia, así como el consulado correspondiente en caso de repatriación”. Aunque, en ningún caso se podrá incinerar un cadáver no identificado y la inhumación debe hacerse en nicho identificado de forma que sea posible la exhumación en caso de que sea identificado. El lugar exacto de la inhumación debe ser comunicado al juzgado de instrucción competente.
Para garantizar la buena coordinación entre todas las partes implicadas, el convenio firmado prevé una Comisión de Seguimiento que se reunirá al menos semestralmente. El protocolo tiene una vigencia de cuatro años prorrogables durante otros cuatro, previos acuerdos expresos de las partes.