DIDA objeta Resolución 624-05 del CNSS por considerar que vulnera derechos de afiliados

0
20

SANTO DOMINGO. – La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) presentó formalmente un recurso de reconsideración ante el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) contra la Resolución 624-05, que aprueba el nuevo Contrato Póliza del Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia.

La resolución fue emitida en cumplimiento de la Sentencia TC/0305/25 del Tribunal Constitucional, la cual declaró inconstitucionales las limitaciones de plazo y edad para acceder a pensiones por discapacidad y sobrevivencia establecidas en la Ley 87-01.

Sin embargo, la DIDA advirtió que la normativa aprobada no reconoce derechos retroactivos para los afiliados afectados por las restricciones declaradas inconstitucionales, aplicando los cambios únicamente a partir de la fecha de la sentencia, el 20 de mayo de 2025.

El director de la DIDA, Elías Báez, señaló que la institución considera que la Resolución 624-05 introduce disposiciones regresivas e incompatibles con la Constitución. Entre los puntos críticos, destacó la exclusión de siniestros ocurridos antes del 20 de mayo de 2025, la supresión de garantías históricas y el uso indebido del ahorro previsional del afiliado para financiar pensiones por discapacidad, cuando la Ley 87-01 establece que deben cubrirse con la prima del seguro de vida.

Báez agregó que la resolución también vulnera los derechos de los afiliados al restringir ilegalmente el derecho al traspaso entre Administradoras de Fondos de Pensiones. “La Resolución del CNSS vulnera derechos fundamentales y contradice el mandato Constitucional de ampliar la cobertura, no de restringirla”, afirmó.

El funcionario recordó que la DIDA, mediante una serie de comunicaciones oficiales (D-000987, D-001276, D-001987 y D-002188), ya había advertido al CNSS sobre la necesidad de adecuar correctamente el Contrato Póliza tras la sentencia del Tribunal Constitucional. “Nuestras recomendaciones no fueron tomadas en cuenta y se omitieron elementos esenciales para proteger a los afiliados”, señaló Báez.

Te podría interesar:

A través del recurso, la DIDA solicitó al CNSS dejar sin efecto la Resolución 624-05, suspender sus efectos de inmediato e iniciar un nuevo proceso de revisión con su participación.

Asimismo, requirió la aplicación de la retroactividad favorable conforme al artículo 13 de la Ley 107-13 para reparar a los afiliados afectados.

La DIDA reafirmó su compromiso con la defensa del interés general y la protección efectiva de los derechos de los afiliados, asegurando que “la seguridad social debe avanzar hacia mayor justicia y cobertura, nunca hacia la exclusión o el retroceso”. La institución anunció que continuará utilizando todos los mecanismos administrativos y judiciales para garantizar un sistema transparente, legal y humano.

**REDACCIÓN FV MEDIOS**