Dictan auto de apertura a juicio por explosión en fábrica de plástico de San Cristóbal

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SANTO DOMINGO, República Dominicana.– Acogiendo la solicitud del Ministerio Público, una jueza del Segundo Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal dictó auto de apertura a juicio contra los acusados por la explosión ocurrida en una fábrica de plástico el 14 de agosto de 2023, tragedia que dejó 38 personas fallecidas, decenas de heridos, nueve edificios destruidos y varias viviendas afectadas.

Por el caso fueron enviados a juicio los propietarios de la empresa Vidal Plast: Edward Armando Vidal Garrido, Maribel Sandoval Almánzar de Vidal y Mercedes Altagracia Vidal Sandoval, así como la persona jurídica Vidal Plast, donde se originó la explosión que generó potentes ondas expansivas en el centro urbano de San Cristóbal.

La jueza Loyda Amador admitió la totalidad de las pruebas presentadas por el Ministerio Público, representado por los fiscales Fadulia B. Rosa Rubio, Laura Segura Cordero, José Guerrero Jiménez, Ingris Guerrero Polanco y Daryl Montes de Oca, y dispuso el envío a juicio de los procesados.

En la audiencia, el órgano acusador estuvo representado por los fiscales litigantes Eduardo Velázquez y Daryl Montes de Oca.

Según el expediente, el Ministerio Público sostiene que la explosión mortal se produjo como consecuencia de la torpeza, imprudencia, negligencia, inadvertencia e inobservancia de los reglamentos que regulan las actividades comerciales de almacenamiento de plásticos, así como las normativas sanitarias y medioambientales.

El hecho ocurrió a las 3:10 de la tarde del 14 de agosto de 2023, en la intersección de las calles Padre Ayala y Francisco J. Peynado (Antiguo Mercadito), en el municipio de San Cristóbal. Tras la explosión, miembros del Cuerpo de Bomberos determinaron que no se trató de un incendio eléctrico, sino de una reacción química provocada por una sustancia peligrosa.

Las investigaciones establecieron que el detonante fue el químico Autofina-Luporox A 70S, un peróxido orgánico (5.2) utilizado en las industrias del plástico y del caucho para la fabricación y modificación de polímeros.

El expediente señala que dicho material era almacenado de manera imprudente, en un espacio cerrado, sin acondicionamiento adecuado y junto a residuos plásticos.

De acuerdo con el Ministerio Público, la acumulación prolongada de este químico generó gases que, al alcanzar un punto crítico, provocaron la gran explosión que estremeció a la ciudad.

El expediente también revela que las irregularidades se evidenciaron cinco meses antes del siniestro, el 18 de marzo de 2023, cuando una chispa producida durante trabajos de herrería provocó una reacción química con humo irritante y calor, causando quemaduras a un empleado, sin que se adoptaran medidas correctivas.

El caso fue declarado de tramitación compleja y está sustentado en 128 elementos probatorios, entre ellos pruebas testimoniales, documentales, periciales y audiovisuales.

Los acusados enfrentan cargos por violación del artículo 319 del Código Penal, el artículo 153, numeral 2, de la Ley General de Salud 42-01, y los artículos 175 numeral 7, 176, 183 y 187 de la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales.





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