¿Cuál sería la condena por homicidio involuntario para los acusados de la explosión en San Cristóbal, según la ley?

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Redacción.- Tras el Ministerio Público presentar este jueves la acusación formal y solicitar apertura a juicio en contra de los imputados por la explosión en San Cristóbal, los acusados de homicidio involuntario según la ley, deberán de cumplir con prisión correccional de tres meses a dos años, y multa de veinte y cinco a cien pesos.

El Ministerio Público los acusa de homicidio involuntario, incumplir las medidas dispuestas por la autoridad sanitaria para el manejo de sustancias peligrosas y violaciones a los artículos 176, 183 y 187 de la Ley 64-00 sobre Medioambiente y Recursos Naturales.

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La acusación fue depositada en el Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de San Cristóbal contra los propietarios de la fábrica de plástico; Edward Armando Vidal Garrido, Maribel Sandoval Almánzar, Mercedes Altagracia Vidal y de la empresa Vidal Plast SRL, donde se originó la fuerte explosión con ondas expansivas que ocasionó el siniestro.





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