Quito.- La Corte Constitucional de Ecuador avaló este martes la prórroga de 30 días dispuesta por el Gobierno del presidente Daniel Noboa al estado de excepción que decretó el 8 de enero pasado para poner fin a una espiral de violencia a escala nacional ligada a las bandas del crimen organizado, y que en principio debía concluir a comienzos de marzo.
El máximo tribunal de garantías declaró la «constitucionalidad de la renovación del estado de excepción decretado en todo el territorio nacional», incluyendo el interior de las cárceles, «durante 30 días contados a partir del 9 de marzo de 2024».
Con ello, el estado de excepción regirá hasta principios de abril próximo con las medidas de restricción como la suspensión de la libre movilidad, reunión y asociación, así como la participación de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía para operaciones de control interno en el país.
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Además, la Corte reconoció la existencia de un «conflicto armado no internacional» que se lleva contra las bandas criminales, a las que se ha responsabilizado del estallido de violencia en las cárceles y calles.
Según la Corte, el conflicto armado interno es «una cuestión de hecho y que, por tanto, no depende del reconocimiento político» o jurídico por parte de ninguna autoridad pública.
El Constitucional recordó que «la intervención de las Fuerzas Armadas para garantizar la soberanía e integridad territorial es una de sus competencias ordinarias», pero subrayó que, en caso de conflicto armado, éstas «pueden movilizarse e intervenir, de conformidad con el ordenamiento jurídico, sin necesidad de una declaratoria de estado de excepción».
Informe presidencial
En su dictamen, la Corte Constitucional dispuso que el presidente Noboa le remita un informe con los resultados de la aplicación de la medida «una vez concluido el periodo de vigencia del estado de excepción».
Recordó que «el objetivo final del estado de excepción es garantizar el orden público, la paz social y la convivencia pacífica de los ciudadanos», por lo que subrayó que las acciones desarrolladas en ese marco por la Policía y las Fuerzas Armadas «deben respetar el ordenamiento jurídico aplicable, incluyendo los derechos humanos de toda la población».
El alto tribunal enfatizó que todos los servidores públicos «serán responsables por cualquier abuso que hubieran cometido en el ejercicio de sus facultades durante la vigencia del estado de excepción».
Dispuso, además, que la Defensoría del Pueblo, en el marco de sus competencias, ejerza un seguimiento a las acciones realizadas en relación a la declaración del estado de excepción e informe a la Corte Constitucional una vez que este finalice.