El abogado penalista Valentín Medrano aseguró que son nulos todos los interrogatorios y elementos de pruebas obtenidos fuera del plazo de ocho meses otorgado por la jueza de instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, en el caso de corrupción denominado Calamar.
“Es nula toda prueba obtenida en violación a la ley, precisa el artículo 69 de la Constitución, de la República”, dijo el abogado en referencia a la Tutela judicial efectiva y debido proceso.
Explicó que el artículo establece además que “toda persona, en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, tiene derecho a obtener la tutela judicial efectiva, con respeto del debido proceso que estará conformado por las garantías mínimas que se establecen a continuación”.
El abogado penalista dijo que el plazo establecido por la jueza que conoció la medida de coerción el 18 de marzo 2023, venció el 18 de noviembre del 2023, de acuerdo a la decisión de la magistrada.
Valentín precisó que los fiscales se tomaron de hecho cuatro meses por lo que al día de hoy el caso lleva un año y cinco meses.
Dijo que “los elementos de prueba sólo pueden ser valorados si han sido obtenidos por un medio lícito y conforme a las disposiciones de este código”, indica el artículo 166, cuando se refiere a la legalidad de la prueba.
Indicó que las pruebas recogidas con inobservancia en violación a los derechos y garantías de los imputados tienen que ser excluida del proceso.
“No puede ser apreciada para fundar una decisión judicial, ni utilizada como presupuesto de ella, la prueba recogida con inobservancia de las formas y condiciones que impliquen violación de derechos y garantías del imputado”, dijo.
Los principales imputados en este caso son los exministros José Ramón Peralta, Donald Guerrero y Gonzalo Castillo, se les señala, junto a otros 17 exfuncionarios y abogados, de supuestamente estafar al Estado con más de 19,000 millones de pesos.