Proyecto dice juez deberá autorizar informaciones a DNI

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El diputado Gustavo Sánchez ha presentado un proyecto de ley que propone importantes modificaciones a la Ley 1-24, la cual establece la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI).

Entre los cambios más destacados, se encuentra la eliminación de las sanciones de prisión y se agrega la necesidad de una orden judicial para la entrega de informaciones.

El proyecto de ley del diputado Gustavo Sánchez propone modificar los artículos 9, 11, 13, 22, 26 y 27 de la ley 1-24 que crea la Dirección Nacional de Inteligencia. Estos artículos contienen aspectos contrarios a la Constitución, vulneran derechos fundamentales, contradicen principios de transparencia en la administración pública y suplantan funciones de otras entidades del Estado.

Al artículo nueve de la ley vigente 1-24, se le plantea cambiar el numeral (1) para que las investigaciones llevadas a cabo por la DNI cumplan con el debido proceso de ley, y sea una autoridad competente la que determine que esas actividades atentan contra los intereses o los objetivos nacionales, las instituciones del Estado, subvierten el estado de derecho, ponen en riesgo la seguridad nacional e interior, o traten de establecer una forma de gobierno contraria al ordenamiento constitucional. En la actualidad, esas investigaciones se pueden hacer sin cumplir con esos mandatos legales.

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En ese mismo articulado, también se modifica lo dispuesto en el numeral (8), para que el control de ingreso y salida de personas extranjeras del territorio nacional también cumpla el debido proceso de ley, y la DNI actúe como un colaborador de la Dirección General de Migración. La ley vigente otorga a la DNI, el control de admitir o no en el país a personas extranjeras por razones de seguridad nacional.

Sobre el artículo 11, Gustavo Sánchez propone en el proyecto de modificación, que, para la entrega de informaciones a la Dirección Nacional de Inteligencia, esta deberá contar previamente con una orden judicial de un tribunal, cumplir los procedimientos y formalidades legales, proteger y garantizar el derecho a la intimidad y el honor de las personas.

En este artículo se le ordena a la DNI, que, para hacer una investigación contra una persona, debe elaborar una carpeta que contenga el nombre del investigado y objeto de la investigación a efectuar, entre otros datos.

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