Dinero del Fopetcons será administrado por la TSS

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El plan fiscal anticrisis sometido por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional traspasará al control de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) la administración de los recursos que maneja el Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construcción (Fopetcons), creado en 1986.

En su Artículo 61, el Proyecto de Ley de Medidas ProCrecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis Internacional dispone que la recaudación del Fopetcons pase de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) a la TSS, y que sea administrado conforme a la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de la Seguridad Social.

El Fopetcons administra anualmente más de RD$2,000 millones. Su presupuesto para 2026 asciende a RD$2,339.6 millones, de los cuales el 45.8% se destinaría al pago de pensiones a los obreros de la construcción en distintas ramas, y un 22.3% a servicios sociales.

**Legislación vigente**

La Ley 6-86 crea el “Fondo Común de Servicios Sociales, Pensiones y Jubilaciones a los Trabajadores Sindicalizados del Área de la Construcción y todas sus ramas afines”. En sus artículos 1, 2 y 3, establece que el fondo se nutre del 1% del valor de todas las obras construidas en el territorio nacional, tanto públicas como privadas, incluidas las reparaciones, así como del 1% del salario de los trabajadores de la construcción en cada infraestructura donde laboren.

Cuando se aprobó la Ley 87-01, se esperaba que ese fondo pasara al control del sistema de seguridad social, pero no ocurrió. El Artículo 4 de la Ley 6-86 indica que las recaudaciones para el Fopetcons se realizan a través de la DGII.

Tras 40 años, el Gobierno ha propuesto en el proyecto de reforma fiscal anticrisis que la responsabilidad de recaudar esos fondos pase de la DGII a la TSS.

El proyecto también añade: “La TSS tendrá a cargo el recaudo, distribución y pago de estos fondos conforme las disposiciones de la Ley 87-01 de Seguridad Social”, con lo que se estaría quitando esa atribución al Fopetcons.

Además, propone que “el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) dictará las normas para la administración y recaudo de estos fondos”.

**Administración actual**

Con base en la Ley 6-86, el fondo de pensiones de los trabajadores de la construcción es administrado por un Consejo Técnico, presidido por el ministro de Trabajo (quien también preside el CNSS), e integrado por representantes de la Dirección de Pensiones y Jubilaciones del Estado, del antiguo IDSS (ahora Idoppril), de la Federación Nacional de Trabajadores de la Industria de la Construcción y afines, y de los sindicatos de obreros de actividades afines al área de la construcción, sumando 18 miembros.

No obstante, varios aspectos de la ley no se cumplen, como la distribución equitativa de los recursos: 50% para el fondo de pensiones y 50% para asistencia social. Además, los fondos, depositados en una cuenta del Banco de Reservas, deben estar bajo “la supervisión de la Contraloría General de la República”.

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Hasta la fecha, no hay publicaciones oficiales de la Contraloría General de la República ni del Ministerio de Trabajo sobre cómo el Fopetcons administra los recursos recaudados para los trabajadores de la construcción.

**Costos a constructores**

Los representantes del sector de la construcción (viviendas e infraestructura) han abogado para que el fondo de pensiones pase al sistema de seguridad social, porque el aporte del 1% del valor de las obras se suma a la cotización del 17% del salario de sus empleados del área, según la Ley 87-01.

El problema radica en que, al aprobarse la Ley 87-01, debió derogarse la Ley 6-86, pues el sistema de pensiones se transformó en ahorro de capitalización individual, al igual que la salud y los accidentes laborales. Actualmente, los constructores deben cotizar a la seguridad social de sus empleados y también aportar el 1% del valor de las obras, lo que genera un doble costo.

Aunque la disposición del plan fiscal no especifica si deroga la Ley 6-86, crea un nuevo escenario al plantear que el CNSS regule la administración de los fondos y que su captación se realice a través de la TSS.

Tampoco queda claro si la responsabilidad de la TSS abarca el fondo acumulado completo o solo a partir de la aprobación del Artículo 61 de la reforma.

**Otro rol**

El ministro de Hacienda y Economía, Magín Díaz, declaró a elDinero que la propuesta fiscal anticrisis propone que el recaudo de los aportes para el fondo de trabajadores de la construcción pase a la TSS, porque la DGII actúa solo como recaudadora para transferir los recursos de inmediato al Fopetcons, una labor que se sale de sus atribuciones efectivas. En cuanto a la recaudación y administración una vez en la TSS, indicó que será determinado por el CNSS.

“Para nosotros, el tema es que la DGII se libera de una labor que no es su esencia, la de recaudar dinero para el Estado, por lo que la canalización de esos fondos (de Fopetcons) la hará otra entidad”, expresó el funcionario. La propuesta fue presentada por la propia DGII e incluida en el proyecto de ley como parte del plan de eficiencia operativa de la entidad.

**REDACCIÓN FV MEDIOS**