Tribunal explica por qué permitirá que Jean Alain Rodríguez asuma su propia defensa

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Por Raúl Germán Bautista.- El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, integrado por las juezas Claribel Nivar, Yissel Soto y Clara Castillo, permitió que Jean Alain Rodríguez, principal imputado en el caso Medusa, asuma su propia defensa.

La jueza Yissel Soto explicó que el tribunal rechazó la solicitud del Ministerio Público, que se oponía a ese mecanismo, tras establecer que Rodríguez es abogado y está facultado para ejercer su defensa.

En este proceso, el Ministerio Público sostiene que se produjo un desfalco superior a RD$6,000 millones, además de sabotaje, en violación de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, estafa contra el Estado, sobornos y lavado de activos.

En el expediente, el órgano acusador presentó cargos por coalición de funcionarios, prevaricación, asociación de malhechores y estafa contra el Estado. Asimismo, incluyó imputaciones por sobornos, crímenes y delitos de alta tecnología, así como lavado de activos.

También fueron documentadas presuntas irregularidades que habrían sido cometidas durante la gestión de Rodríguez al frente del Ministerio Público entre 2016 y 2020.

Además de Rodríguez, el proceso involucra al exdirector de Tecnología de la Información y la Comunicación del Ministerio Público, Javier Alejandro Forteza Ibarra; al exdirector administrativo Jonathan Joel Rodríguez Imbert, y a Alfredo Alexander Solano Augusto, exsubdirector administrativo.

También figuran como imputados Jenny Marte Peña, exencargada de Proyectos; Altagracia Guillén Calzado, exsubdirectora administrativa; Rafael Antonio Mercedes Marte, exdirector de Contabilidad, y el exasesor Miguel José Moya.

El Ministerio Público también les atribuye la violación de los artículos 123, 124, 166, 167, 265, 266 y 405 del Código Penal, que sancionan la coalición de funcionarios, prevaricación, asociación de malhechores y estafa contra el Estado.

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Asimismo, enfrentan cargos por presunta infracción al artículo 3 de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas y Sustancias Controladas, así como a los artículos 5, 6 y 10 de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, por supuestos actos de acceso ilícito, daño o alteración de datos y sabotaje.

El órgano acusador también sostiene que los imputados violaron los artículos 1 y 2 de la Ley 448-06 sobre Soborno en el Comercio y la Inversión.

El exprocurador Rodríguez Sánchez, junto a varios colaboradores y relacionados, también está acusado de infringir distintos artículos de la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.

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