La Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (DIGEMAPS) confirmó irregularidades en el manejo de fármacos vinculados al doctor José Ernesto Fadul. La investigación se inició tras denuncias presentadas por familias y especialistas relacionados con pacientes con trastorno del espectro autista (TEA). El caso adquirió relevancia pública luego de reportes difundidos por el programa N Investiga, conducido por Nuria Piera, donde se abordó la promoción de productos. En ese espacio se expuso la comercialización de artículos presentados como una supuesta “cura del autismo”, lo que motivó la activación de un proceso técnico por parte de las autoridades. Como resultado de dicho proceso, se obtuvieron hallazgos que ponen en cuestionamiento la seguridad y la eficacia de los tratamientos ofrecidos a los pacientes. Los análisis de laboratorio realizados detectaron fallas significativas en la calidad farmacéutica de algunos productos evaluados. Entre los resultados, se identificaron tabletas que no se desintegran conforme a normas internacionales, lo que impide la absorción del principio activo en el organismo, limitando cualquier posible efecto terapéutico. Asimismo, se evidenció una inconsistencia en la composición declarada de algunos artículos. Productos etiquetados como “Aminoácidos + Complejo B” no contenían vitamina B y presentaban niveles mínimos de aminoácidos, en contradicción con la información ofrecida. Otro hallazgo relevante fue la presencia de N-acetilcisteína en dosis superiores al límite permitido, sin que esta sustancia estuviera indicada en la etiqueta del producto. Aunque esta sustancia es legal, su inclusión sin control ni indicación médica fue considerada como un posible riesgo para quienes la consumen. El informe también indica que algunos insumos utilizados provenían de donaciones internacionales sin documentación legal que permitiera verificar su procedencia, lo que impide validar aspectos como el origen, las condiciones de transporte y el almacenamiento. En el ámbito legal, la entidad reguladora determinó que el consultorio operaba en incumplimiento de la Ley 42-01 y el Decreto 246-06 vigentes. Entre las prácticas observadas se encuentra el fraccionamiento de productos sin etiquetado adecuado, omitiendo datos esenciales como lote y fecha de vencimiento. También se identificó la ausencia de información sobre el registro sanitario, lo que representa un incumplimiento de las normativas establecidas. De igual manera, se detectó un conflicto de interés debido a la dispensación de productos dentro del mismo espacio donde se ofrecían consultas médicas, práctica no permitida por la normativa vigente, que además evidencia una ruptura en la cadena de custodia de los insumos. Ante estos resultados, las autoridades dispusieron el cese inmediato de las actividades relacionadas con la manipulación y el reenvasado de productos. También se estableció la restricción en el manejo de donaciones fuera de los canales oficiales autorizados. El proceso administrativo continúa en desarrollo y podría derivar en la aplicación de sanciones adicionales conforme a las disposiciones legales. Según el informe oficial, estas prácticas comprometen la trazabilidad, el control de calidad y la seguridad de los pacientes, condiciones que motivaron la adopción de acciones urgentes por parte de las autoridades. Finalmente, DIGEMAPS reiteró el llamado a las familias, especialmente aquellas con pacientes con TEA, a no consumir productos sin registro sanitario y a verificar la procedencia y composición de cualquier producto antes de iniciar un tratamiento.
**REDACCIÓN FV MEDIOS**


