Hay que hablar de la cuota de género

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Las horas avanzan y el tranque persiste, sobre todo por la incorporación de la cuota de género para las elecciones del próximo 19 de mayo, que conforme a las leyes dominicanas, otorga plazas a las mujeres y que mantiene en jaque a algunos partidos políticos.

Mucho se ha debatido esta normativa, sobre todo, desde su incursión en la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral. Deroga la Ley núm. 15-19, Orgánica del Régimen Electoral y en la que se consigna un 40% mínimo de participación femenina, por cada demarcación.

Este mandato, específicamente el 142 de la Ley electoral, mantiene en ascuas a la Fuerza del Pueblo, cuyo candidato a diputado por la circunscripción 1 del Distrito Nacional, Rafael Paz, tiene su candidatura en peligro, por violentar esta disposición, según una resolución de la Junta Central Electoral y reafirmada por el Tribunal Superior Electoral.

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Las mujeres representan más del 50% del padrón electoral para las elecciones del 19 de mayo. FOTO FUENTE EXTERNA

Per, ¿Qué dice en sí este articulo y cuáles son sus amparos?

La Ley 20-23 estable lo siguiente:

Artículo 142.- Equidad de género. Las nominaciones y propuestas de candidaturas a diputados, regidores y vocales, se regirán por el principio de equidad de género, por lo que estas deberán estar integradas de acuerdo a lo establecido en la ley de partidos, agrupaciones y movimientos políticos por no menos de un cuarenta por ciento (40%) ni más de un sesenta por ciento (60%) de hombres y mujeres de la propuesta nacional.

Esto, basados en las normativas constitucionales, específicamente en el articulo 39, que establece la implementación de la equidad de género de la siguiente manera:

Artículo 39.- Derecho a la igualdad. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de género, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal.

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La JCE tiene prácticamente todo listo para las elecciones del 19 de mayo. FOTO FUENTE EXTERNA

En consecuencia: -12-

1) La República condena todo privilegio y situación que tienda a quebrantar la igualdad de las dominicanas y los dominicanos, entre quienes no deben existir otras diferencias que las que resulten de sus talentos o de sus virtudes; 2) Ninguna entidad de la República puede conceder títulos de nobleza ni distinciones hereditarias; 3) El Estado debe promover las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas para prevenir y combatir la discriminación, la marginalidad, la vulnerabilidad y la exclusión; 4) La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Se prohíbe cualquier acto que tenga como objetivo o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad de los derechos fundamentales de mujeres y hombres. Se promoverán las medidas necesarias para garantizar la erradicación de las desigualdades y la discriminación de género; 5) El Estado debe promover y garantizar la participación equilibrada de mujeres y hombres en las candidaturas a los cargos de elección popular para las instancias de dirección y decisión en el ámbito público, en la administración de justicia y en los organismos de control del Estado.

Estas han sido conquistas de corrientes feministas, quienes han alzado su voz en favor de que las mujeres cuenten con igualdad de condiciones, aunque según algunos sectores, aún queda mucho por hacer.

Hasta mediados del siglo pasado las mujeres no podían siquiera votar en las elecciones. FOTO FUENTE EXTERNA

Es justo bajo esa premisa, que la JCE emplaza a la Fuerza del Pueblo e incluso al oficialista Partido Revolucionario Moderno, para que realicen los correctivos de lugar, a más tardar hoy a las 7:00 de la noche.

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