La minería moderna ya no se mide solo por cuánto extrae, sino por cómo lo hace y a quién beneficia.
Por Martín Ernesto Valerio Jiminián
La minería no es una actividad circunstancial ni marginal; es un mandato constitucional y una columna del modelo de desarrollo nacional. La Constitución de 2010 establece que los recursos naturales forman parte del patrimonio de la Nación y su aprovechamiento debe realizarse con racionalidad, sostenibilidad y transparencia.

El artículo 14 establece que los recursos naturales del territorio nacional, incluidos el subsuelo y los yacimientos mineros, son de dominio inalienable, imprescriptible e inembargable del Estado. El artículo 17 complementa este principio al disponer que su explotación solo puede efectuarse mediante concesiones o contratos otorgados conforme a la ley.
En este marco, la minería dominicana no opera al margen del Estado, sino dentro de un sistema jurídico que equilibra derecho público, iniciativa privada y función social de la economía (artículo 50).
El artículo 40.15 de la Carta Magna dispone que toda actuación estatal se rija por los principios de razonabilidad y proporcionalidad. En el ámbito minero, esto se traduce en la búsqueda de un balance entre regulación, protección ambiental y seguridad jurídica.
En los primeros siete meses de 2025, la minería dominicana creció 5%, revirtiendo la caída del 12.5% registrada en 2024. Solo en julio, el crecimiento interanual fue de 21%, una de las tasas más altas desde 2021.
Los artículos 66 y 67 de la Constitución conforman un bloque constitucional de sostenibilidad minera, al reconocer el derecho colectivo a un medio ambiente sano y el deber de restaurar los ecosistemas degradados.
Más allá de la extracción, la minería moderna es una industria de valor agregado, con capacidad para dinamizar sectores completos de la economía dominicana. Cada operación minera activa cadenas productivas que incluyen transportes, metalmecánica, manufactura, energía, puertos, tecnología, servicios ambientales, seguridad industrial y MIPYMES locales.
En los últimos años, más del 70% de las compras de las principales empresas mineras se ha realizado a proveedores dominicanos, movilizando miles de millones de pesos en bienes y servicios nacionales.
La minería también fortalece la capacidad fiscal del Estado. Regalías, Impuesto Sobre la Renta (ISR), anticipos, retenciones y la participación municipal han crecido de forma sostenida, financiando carreteras, hospitales y programas sociales en provincias que históricamente enfrentaban barreras de desarrollo.
El impacto económico del sector va mucho más allá de los montos de exportación: representa un modelo basado en productividad, formalización laboral, inversión extranjera directa responsable y fortalecimiento institucional.
El mandato constitucional es claro: los artículos 16 y 17 obligan al Estado a promover el aprovechamiento racional de los recursos naturales en beneficio del desarrollo nacional. Ese mandato se materializa en lo que hoy denominamos el pacto social minero: un compromiso compartido entre Estado, empresas y comunidades.
El debate sobre la nueva ley minera es una oportunidad para actualizar el mandato constitucional con instrumentos modernos que fortalezcan la seguridad jurídica, la sostenibilidad ambiental y la eficiencia institucional.
La minería no contradice la Constitución: emerge de ella. Cuando el Estado regula con equilibrio, las empresas actúan con propósito y las comunidades participan activamente, se cumple la esencia del texto constitucional: un desarrollo humano sostenible.
La República Dominicana no tiene que elegir entre desarrollo y medio ambiente. Puede, y debe, hacerlo bien: con instituciones sólidas, reglas claras y una minería que deje huellas de progreso, no de conflicto.
El autor: Director Ejecutivo, Cámara Minera Petrolera de la República Dominicana (CAMIPERD)
REDACCIÓN FV MEDIOS



