Wander Franco solicita anulación de sentencia por vulneración psicológica a menor

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República Dominicana, Puerto Plata.- El jugador de Grandes Ligas Wander Franco comparecerá este martes ante la Corte de Apelación del Distrito Judicial de Puerto Plata para solicitar la anulación de la sentencia que le impuso dos años de prisión suspendida, tras ser hallado responsable de vulnerar psicológicamente a una persona menor de edad.

El recurso busca revocar la decisión dictada en junio de este año por el Tribunal Colegiado de Puerto Plata, el cual determinó la responsabilidad penal del deportista y estableció una condena condicionada sujeta al cumplimiento de medidas restrictivas. Entre las disposiciones impuestas se encuentra la obligación de mantenerse alejado de cualquier persona menor de edad con fines inadecuados, cuya falta implicaría la ejecución inmediata de la pena de prisión.

Durante el proceso judicial, los fiscales Claudio Cordero y José Martínez, representantes de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo junto a la Fiscalía de Puerto Plata, habían solicitado una sanción de cinco años de prisión para el jugador. Según el Ministerio Público, la condena emitida reflejó la consistencia de las pruebas presentadas y fue considerada un precedente en casos relacionados con vulneraciones a menores.

La sentencia fue dictada por las magistradas Jakayra Veras y Venecia Rojas, junto al magistrado José Juan Jiménez, quienes concluyeron que los hechos quedaron demostrados más allá de toda duda razonable. En la misma decisión, el tribunal también condenó a la madre de la víctima a diez años de prisión, tras determinar su implicación en actividades ilícitas vinculadas a explotación comercial y lavado de activos.

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De acuerdo con el expediente, la mujer introdujo al sistema financiero nacional fondos provenientes de dichas actividades ilícitas. En el caso de Franco, los jueces modificaron la tipificación jurídica inicial, que contemplaba vulneración física infantil, por vulneración psicológica y de carácter inadecuado, imponiéndole una pena suspendida y el pago de diez salarios mínimos establecidos por el Banco Central de la República Dominicana, además de las costas penales del proceso.

La condena se fundamenta en el artículo 396, letras b y c, de la Ley 136-03 sobre Protección y Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes. La audiencia de apelación determinará si el tribunal superior acoge las pretensiones de la defensa del deportista o mantiene firme la sentencia que lo declara responsable de los hechos imputados.

**REDACCIÓN FV MEDIOS**