Jueza explica por qué no ordenó prisión preventiva a dueños del Jet Set #FVDigital #FelixVictorino

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Santo Domingo, República Dominicana. La magistrada Fátima Veloz determinó no aplicar prisión preventiva contra Antonio y Maribel Espaillat en el marco del caso relacionado con el centro de entretenimiento Jet Set, al considerar que no existen pruebas suficientes que demuestren una intención clara o consciente de provocar la tragedia que afectó a más de 230 personas en dicho establecimiento.

Según consta en la resolución a la que tuvo acceso Noticias SIN, la jueza argumentó que la gravedad de los hechos no es razón suficiente por sí sola para justificar una medida tan severa. En su análisis, señaló que hasta este momento no se ha demostrado que los imputados tuvieran la voluntad de provocar un desenlace tan grave ni que hayan asumido de forma consciente los posibles riesgos vinculados a la operación del local.

El documento emitido por la magistrada sostiene que, en esta etapa inicial del proceso, no hay evidencia objetiva que permita concluir que los acusados constituyen un peligro para la comunidad ni para la correcta evolución de la investigación. Por esta razón, el tribunal decidió aplicar medidas de coerción menos restrictivas que permitan el desarrollo del proceso judicial sin afectar los derechos fundamentales de los involucrados.

La jueza Veloz basó su decisión en principios fundamentales del derecho penal en República Dominicana, haciendo especial mención al principio de legalidad estricta. Este principio establece que un juez no puede imponer sanciones ni aplicar figuras jurídicas que no estén expresamente contempladas en la legislación. En sus declaraciones, la magistrada explicó que interpretar o ampliar el alcance del régimen penal escapa de las funciones del poder judicial y es competencia exclusiva del Poder Legislativo.

Además, la resolución del tribunal resalta que, a pesar del alto impacto social y humano del hecho investigado, la sanción correspondiente para este tipo de infracción no excede los dos años de prisión correccional. Este elemento refuerza la decisión de no ordenar la privación de libertad como medida cautelar en este caso.

En consecuencia, Antonio y Maribel Espaillat deberán cumplir con las disposiciones impuestas por el tribunal, las cuales aseguran su comparecencia ante las autoridades sin necesidad de estar privados de libertad. El proceso judicial continúa su curso bajo la observación pública y de los órganos correspondientes, dada su complejidad e impacto nacional.



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